“Todavía nos quedan acciones legales para la total absolución de Celestino Córdova”: Pablo Ortega, defensor de Machi Córdova

  • En conversación con abogado defensor Pablo Ortega de CIDSUR,  éste señaló que deben estudiar la sentencia para las próximas acciones, porque aún queda un largo camino que recorrer.
  • La tesis de la defensa es que Celestino Córdova es inocente. “No se  le condena por ser autor de los hechos y ahora debemos dejar en claro que tampoco es partícipe de los hechos”, dijo.

Por Elías Paillan C. (texto y fotos), viernes 28 de febrero de 2014.

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco sentenció este viernes a la pena de 18 años de presidio efectivo en su grado mayor, al machi  Celestino Córdova, por el caso del incendio y muerte del matrimonio Luchsinger-Mackay, ocurrido el 4 de enero del año 2013 al interior del fundo Granja Lumahue en Vilcún. Por este hecho, los querellantes pedían presidio perpetuo calificado (40 años) y sin derecho a beneficios.

El fallo de 120 páginas señala, “Se condena por mayoría de votos, a Celestino Cerafín Córdova Tránsito a una sanción de 18 años de presidio mayor en su grado máximo, y a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos de derechos políticos, por ser considerado autor del delito de incendio con resultado de muerte”.

 Diálogo con abogado defensor Pablo Ortega

 Cómo evalúa esta sentencia.

Evaluar este caso es contradictorio, porque por un lado, la defensa pedía que fuera absuelto, pero por otro la postura de los acusadores era peor. En esta etapa del procedimiento que no es el final, creemos que hemos avanzado. Todavía nos quedan los recursos legales para instar por la total absolución de Celestino Córdova. Evaluaremos esos pasos a seguir, tenemos que estudiar la sentencia que es muy larga, ardua y árida. Igualmente tenemos que estudiar el voto de minoría que estaba por considerar estos hechos terroristas y aplicar una condena de cadena perpetua. Así que esto está recién comenzando.

Cómo está el machi.

El machi ha demostrado en todo momento una dignidad impresionante. Nos ha señalado que trasmitamos a su pueblo que él está preparado, y que está muy firme. Dijo que dijéramos, “ánimo”. Que él está preparado para soportar esto que viene.

 Y cómo están como defensa

Como defensa estamos preparados para hacer nuestro trabajo jurídico, sabemos que debemos actuar en ciertos márgenes, que nos da el estado chileno, que nos da el derecho, sabemos que no es la solución a ningún problema, pero por lo menos es un foro en el cual, la postura de los comuneros mapuche fue ser planteada abiertamente, y nos veremos en Santiago porque probablemente esto terminará en la Corte Suprema.

Seguramente uno de los destacados elementos que queda de este juicio fue no haberse aplicado la ley antirrorista, ¿cree que marca un precedente en adelante?

Los acusadores muy fuertemente intentaron que se aplicara la ley antiterrorista, la defensa se opuso y entendemos que el tribunal estuvo en lo correcto en no aplicarlo, no habían antecedentes. Si bien el delito es grave, no hay hechos  que sobre este delito lleven a considerar que existe acto terrorista. Por ejemplo un incendio, necesita ciertos elementos para producirse, pero en este caso no hubo un elementos estragrande, por ejemplo una bomba, no hubo gas sarín, no hubo un ataque indiscriminado contra de la población civil. No es un delito terrorista y el tribunal así lo ha declarado.

Qué hay que revertir.

Hay que tratar de revertir lo que es la participación.  La tesis de la defensa es que Celestino Córdova es inocente. Sobre este punto es importante decir que la condena, no es una condena por el artículo 15 número 1 del código penal. Es decir, Celestino Córdova no es el autor de los hechos, sino que se le condenó como autor cómplice del 15 número 3, es decir, alguien que estuvo presente y no evitó los hechos, pudiendo evitarlo, o bien que contribuyó de alguna manera, pero no mediante los actos típicos de incendiar y todos los hechos posteriores. Entonces en ese sentido ya existe un reconocimiento que Celestino no es el autor material de los hechos.

Ahora la postura de la defensa es que debemos dejar claro que Celestino Córdova, tampoco es partícipe de los hechos. Pero eso será materia de otro foro.

Reacción.

José Araya, Coordinador del Área Ciudadanía e interculturalidad del Observatorio Ciudadano, señaló que “este juicio ha sido uno de los casos más complejos por la gravedad del delito, por las presiones del gobierno, porque involucra a una autoridad religiosa del pueblo mapuche”.

 Al interior del Tribunal se escuchaba la sentencia y los argumentos de los jueces que condenan al Machi Celestino Córdoba, afuera se escuchaban los gritos de muchos jóvenes y niños con las demandas mapuche. Insistir con la ley antiterrorista o con una política que criminalice la protesta mapuche solo profundiza el abismo que vimos en el entorno de este juicio, comentó el profesional.

Como Observatorio Ciudadano felicitamos al equipo de defensa. Ha sido un trabajo arduo pero muy profesional para asegurar un debido proceso, concluyó Araya.

Hay que recordar que existen 10 días para apelar a la nulidad en este caso, vale decir, hasta el 10 de marzo.

 Tras la lectura de sentencia, en las afueras del tribunal se congregó un centenar de personas mapuche y simpatizantes de la causa, que se retiraron sin incidentes. Pero minutos más tarde tras arribar frente a la cárcel, ubicada a unas 5 cuadras, al momento de abrirse las puertas del recinto penitenciario donde ingresó un furgón de gendarmería, fueron atacados con piedras. Estos repelieron el ataque con balas de salva. Tras ello actuó Fuerzas Especiales de Carabineros quienes detuvieron al menos a 12 personas.

28/03/2014

http://observatorio.cl/node/10889

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